La pobreza de tiempo es un concepto que busca reconocer la falta crónica de tiempo disponible para actividades esenciales como el descanso, el autocuidado, la convivencia familiar, la recreación y el desarrollo personal.

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En este contexto, en la Cámara de Diputados se impulsa una iniciativa para expedir la Ley General para la Prevención y Erradicación de la Pobreza de Tiempo, cuyo objetivo sería establecer mecanismos para medir, prevenir y combatir este fenómeno en México.

La propuesta plantea diversas medidas relacionadas con la distribución de las tareas de cuidado, la reducción de los tiempos de traslado, el derecho al descanso y la desconexión digital de las personas trabajadoras.

Entre los principales objetivos de la iniciativa se encuentra garantizar una mayor disponibilidad de tiempo personal, considerando que las extensas jornadas laborales, las responsabilidades de cuidado y los largos traslados pueden afectar el bienestar y la calidad de vida de las personas.

¿Qué es la pobreza de tiempo?

De acuerdo con la iniciativa, la pobreza de tiempo se presenta cuando una persona carece de manera constante del tiempo necesario para atender necesidades básicas como el descanso biológico, el cuidado personal, la convivencia familiar, la recreación y el desarrollo individual.

Esta situación puede estar relacionada con la acumulación de jornadas laborales, actividades domésticas y de cuidados, así como con los tiempos destinados a los traslados.

La propuesta busca que este fenómeno sea reconocido como un problema de interés público y que las autoridades implementen acciones para prevenirlo y reducirlo.

Creación del Índice Nacional de Pobreza de Tiempo

Uno de los principales planteamientos de la iniciativa es la creación del Índice Nacional de Pobreza de Tiempo (INPT).

Este indicador tendría como finalidad medir la proporción de la población que no dispone del tiempo suficiente para satisfacer necesidades relacionadas con el descanso, el autocuidado, la recreación y la convivencia.

Para ello, se plantea la participación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en la medición y generación de información relacionada con este fenómeno.

La iniciativa también incorpora conceptos como tiempo propio, soberanía del tiempo, corresponsabilidad social y de género, desconexión digital y bienestar cronobiológico, con el propósito de establecer un marco jurídico para abordar los distintos factores que pueden provocar la falta de tiempo disponible.

Derecho al descanso y bienestar cronobiológico

Otro de los objetivos de la propuesta es reconocer progresivamente el derecho de las personas a contar con tiempo suficiente para el descanso y la recuperación.

En este sentido, se plantea que las políticas públicas y los entornos laborales consideren los ciclos biológicos y los ritmos circadianos, promoviendo periodos adecuados y continuos de sueño, descanso y pausas.

Asimismo, se busca impulsar una mayor coordinación entre las autoridades laborales, de salud y educativas para promover medidas relacionadas con el descanso biológico, la ergonomía temporal y la protección de los ritmos naturales de las personas.

¿La iniciativa contempla el derecho a la desconexión digital?

Sí. Uno de los aspectos más relevantes de la propuesta es el fortalecimiento del derecho a la desconexión digital.

La iniciativa plantea realizar modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para incorporar nuevas obligaciones para los empleadores. Entre ellas, se propone garantizar el respeto al derecho de las personas trabajadoras a no mantenerse disponibles fuera de su jornada laboral.

Para ello, se contempla la posible incorporación de un artículo 132 Bis a la Ley Federal del Trabajo, mediante el cual los patrones tendrían la obligación de establecer políticas internas relacionadas con la desconexión digital y el respeto a los periodos de descanso.

Además, se propone que los empleadores se abstengan de contactar a las personas trabajadoras fuera de su horario laboral y que las empresas establezcan medidas internas frente a conductas que puedan representar una invasión sistemática del tiempo de descanso o situaciones de hostigamiento digital.

En caso de aprobarse la iniciativa, también se contemplaría la realización de inspecciones y la aplicación de sanciones administrativas en los casos previstos por la legislación.

Reducción de los tiempos de traslado

La propuesta también relaciona la pobreza de tiempo con los largos desplazamientos entre el hogar y los centros de trabajo.

Por ello, se plantea realizar modificaciones a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para que las autoridades de los distintos órdenes de gobierno impulsen infraestructura, transporte público y sistemas de conectividad urbana orientados a reducir los tiempos de traslado.

El objetivo sería considerar la movilidad como uno de los factores que puede afectar la disponibilidad de tiempo personal y, por lo tanto, el bienestar de la población.

Corresponsabilidad en las tareas de cuidado

La iniciativa también busca atender la sobrecarga de trabajo doméstico y de cuidados no remunerados.

Para ello, se propone impulsar acciones de coordinación entre el Gobierno Federal y los gobiernos locales para fortalecer los sistemas de cuidados y movilidad sostenible.

Asimismo, la Secretaría de Bienestar tendría la responsabilidad de desarrollar una Estrategia Nacional contra la Pobreza de Tiempo, que incluiría acciones para ampliar los servicios públicos de cuidados, mejorar los sistemas de transporte y promover la corresponsabilidad en las tareas del hogar y de cuidado.

También se plantea modificar la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para incorporar el concepto de corresponsabilidad en el tiempo de cuidados, con el objetivo de promover una distribución más equitativa del tiempo destinado al trabajo doméstico y de cuidados no remunerados.

¿Cuándo entraría en vigor la nueva ley?

Por el momento, la Ley General para la Prevención y Erradicación de la Pobreza de Tiempo es únicamente una iniciativa, por lo que todavía debe ser discutida y, en su caso, aprobada como parte del proceso legislativo correspondiente.

De aprobarse y publicarse en el Diario Oficial de la Federación, la propuesta establece que entraría en vigor al día siguiente de su publicación.

A partir de ese momento, el INEGI contaría con un plazo de 12 meses para publicar el primer Índice Nacional de Pobreza de Tiempo, mientras que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendría un plazo de 180 días naturales para emitir las normas y lineamientos relacionados con las inspecciones en materia de desconexión digital.

Por su parte, las entidades federativas y los municipios contarían con un plazo para realizar las adecuaciones necesarias a sus legislaciones locales.

En caso de que la iniciativa avance en el proceso legislativo, podría representar un cambio importante en la forma en que se abordan temas como el descanso, la desconexión digital, los tiempos de traslado y la distribución de las tareas de cuidado en México.


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Fuente: El Economista

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